SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0162/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0162/2011-R

Fecha: 21-Feb-2011

1)

Por informe que cursa de fs. 120 a 122, los demandados señalan: 1) Las primeras familias o personas que ingresaron a los terrenos, lo hicieron el 2 de junio de 2008, por consiguiente, transcurrieron ocho meses y diez días desde la interposición de la presente acción, por lo que ésta es inviable por no encuadrarse al principio de inmediatez que ha establecido el plazo de seis meses para la interposición de la acción desde la lesión ocasionada; 2) También es inviable la acción, pues existe una denuncia interpuesta “…el 20 de noviembre a solicitud escrita al señor Fiscal del Distrito en fecha 6 de noviembre del 2008, donde con claridad meridiana expresan en el memorial de la querella como en la denuncia que los terrenos supuestamente de su propiedad, fueron avasallados en fecha 8 de agosto de 2008, en consecuencia han transcurrido al momento de interponer el amparo en fecha 16 de febrero de 2009, más de los seis meses que se prevé por ley, además de que ha recurrido ante el órgano jurisdiccional competente, el Ministerio Publico y la investigación está en curso, por consiguiente no se han agotado las instancias legales y jurisdiccionales ordinarias para que hagan viable el presente recurso” (sic); 3) Los terrenos ahora reclamados por el accionante, pertenecen a Cleidi Saucedo Coimbra, siendo su derecho propietario cuestionado y puesto en duda; y, 4) El accionante, para tratar de obtener ventajas con la situación, envió a un contingente policial sin orden judicial alguna para desalojar a las personas asentadas, haciendo de esta forma justicia por su mano propia, lo cual está prohibido por ley, debiendo haber recurrido a un proceso de desalojo.