SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0164/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0164/2011-R

Fecha: 21-Feb-2011

i)

Por informe escrito reiterado en audiencia, cursante de fs. 14 a 15, Ángel Sánchez Rojas, Juez de Instrucción Mixto de Warnes, manifestó: i) El Ministerio Púbico presentó la correspondiente imputación formal en contra de José Luis Yapobenda Malale por los delitos de estafa y estelionato; habiéndose señalado audiencia de medida cautelar, la que en diversas oportunidades fue suspendida, instalándose finalmente el 16 de abril de 2009; ii)  En ese acto, el Fiscal y el abogado de la parte civil, señalaron que el certificado médico presentado por el imputado no había sido ratificado por el médico forense, por lo que no tenía ningún valor probatorio y en consecuencia solicitaron se declare su rebeldía; iii) Escuchadas las exposiciones del Ministerio Público, del querellante y de la defensa, tomando en cuenta las diferentes audiencias señaladas y suspendidas, así como que el certificado médico presentado por el imputado no fue otorgado por el médico forense, determinó que su ausencia no estaba justificada y, conforme a lo previsto por los arts. 87, 88 y 89 del CPP, se lo declaró rebelde; y, iv) No fue evidente que el representado de los accionantes hubiese sido indebida e ilegalmente perseguido, detenido o procesado, correspondiendo declarar “improcedente el recurso”.