Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 100/2011-RCA
Fecha: 16-Mar-2011
II.3. Análisis del caso enviado en revisión
Finalmente y como reflejo de la falta de causalidad entre los hechos expuestos y los derechos reclamados, solicita que el Tribunal de garantías luego de disponer la nulidad de la Resolución que impugna, ordene que se emita una nueva que extinga la acción penal, petitorio que confunde la naturaleza y los alcances de la jurisdicción constitucional a través de la acción de amparo constitucional.
- I.1. Síntesis de los hechos que motivan la acción
- rechazo “in límine
- II.1. Consideraciones previas: Aplicación de la Ley del Tribunal Constitucional
- II.2. Requisitos de admisibilidad de la acción de amparo constitucional
- requisitos de contenido son los establecidos en los parágrafos III, IV y VI del art. 97 de la LTC,
- II.2.1. Improcedencia de la acción de amparo constitucional por la ausencia de los requisitos de contenido
- “III.1.1. Exponer con precisión y claridad los hechos que le sirvan de fundamento (art. 97.III de la LTC)
- 1)
- III.1.3. Fijar con precisión el amparo que se solicita para preservar o restablecer el derecho o la garantía vulnerados o amenazados (art. 97.VI de la LTC)
- Fragmento 10
- II.3. Análisis del caso enviado en revisión
- APROBAR,