Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0175/2011-R
Fecha: 11-Mar-2011
I.2.1. Ratificación de la acción
El accionante, a través de su abogado, ratificó el tenor integro de la demanda y añadiendo señaló que la persona que fue procesada con el nombre de Carlos Enrique Cuenca Quisbert es distinta a la detenida Iban Cuenca Quisbert, conforme el certificado de nacimiento que es el único medio de prueba que acredita el nacimiento y la filiación de una persona, de acuerdo al art. 1 de Código Civil (CC); asimismo, el art. 9 del mismo cuerpo legal, señala el comienzo de la personalidad, por lo que pide se tome en cuenta la prueba adjuntada.
- acción de libertad,
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.2.1. Ratificación de la acción
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- “improcedente”
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de libertad, alcances y su finalidad
- III.2. En cuanto a la identidad personal que tiene un individuo
- III.3. En caso de error en la identidad del detenido y/o condenado en ejecución de mandamientos que restringen la libertad
- III.4. Análisis del caso concreto
- es la autoridad judicial la que está obligada a esclarecer la identidad de una persona frente a la controversia que podría presentarse durante la ejecución de los mandamientos de aprehensión, detención preventiva o condena
- APROBAR