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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0199/2011-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0199/2011-R

    Fecha: 11-Mar-2011

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    • acción de libertad
    • I.1.1. Hechos que la motivan
    • a)
    • I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
    • II.1.
    • 1)
    • III.1. De la conciliación como diligencia previa en materia familiar
    • El art. 180
    • “El juez hasta antes de la sentencia podrá llamar a las partes a conciliación
    • Las disposiciones del Código de Procedimiento Civil se aplicarán a los asuntos de la jurisdicción familiar en todo lo que no se oponga a las reglas particulares que rigen los procesos ordinarios y sumarios así como los procedimientos voluntarios y especiales, establecidos por el presente Código
    • III.2. Análisis del caso concreto
    • APROBAR

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