SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0209/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0209/2011-R

Fecha: 11-Mar-2011

III.2. Normativa aplicable al caso

De acuerdo al art. 21 de la Declaración Universal sobre los Derechos Humanos, establece que: “La voluntad del pueblo es la base de la autoridad del poder público; esta voluntad se expresará mediante elecciones autenticas que habrán de celebrarse periódicamente, por sufragio universal e igual y por voto secreto u otro procedimiento equivalente que garantice la libertad del voto”.

Por otra parte  se tiene que el art. 1. 1 y 2 y 62 de la LGSC establece que, los socios tienen igualdad de derechos y obligaciones teniendo cada socio derecho a un voto e indica que podrá modificarse por acuerdo de una asamblea general; en relación a ello el art. 10 incs. b), c) y d) del Estatuto de COAPASB Ltda., menciona que los derechos  de los asociados de la Cooperativa, es a asistir y participar de las asambleas generales con voz y voto si tiene sus aportaciones al día; a elegir y ser elegidos para desempeñar funciones en los cargos administrativos del Directorio de la Cooperativa. Además que de acuerdo al art. 5 de dicho Estatuto, dentro de la naturaleza y responsabilidad COAPASB Ltda., reconoce como socios a todos los que acepten y practiquen los principios y normas establecidas en su Estatuto  orgánico sin mencionar y/o diferenciar los socios activos y pasivos.