SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0212/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0212/2011-R

Fecha: 11-Mar-2011

III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO

El accionante considera que se encuentra indebidamente procesado, debido a que las autoridades demandadas intentaron notificarle con una acusación particular y pública sin cumplir con la parte final del art. 323 del CPP, sin remitir al Juez o Tribunal los actuados o evidencias, debiendo éstas ser por escrito y no en audiencia como pretenden las indicadas autoridades, razón por la cual impugnó las acusaciones particular y pública, impugnación que no mereció respuesta escrita. En consecuencia corresponde analizar, en revisión, si el problema jurídico planteado amerita o no la tutela que brinda la acción de libertad.