SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0212/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0212/2011-R

Fecha: 11-Mar-2011

III.2. Análisis del caso denunciado

el accionante en su memorial de acción de libertad, se evidencia que los supuestos actos que denuncia como ilegales y lesivos relacionados al debido proceso, no tienen incidencia inmediata ni directa sobre su derecho a la libertad, ello se debe básicamente a que el accionante goza a plenitud de su derecho a la libertad y de locomoción debido a que no se encuentra detenido ni aprehendido.

Por otra parte, se tiene que a lo largo del proceso penal instaurado en su contra el accionante ejerció plenamente su derecho a la defensa pues cursan en obrados los incidentes planteados por su persona así como distintos memoriales que denotan que conocía que se llevaba en su contra ese proceso penal, por lo que no existe un estado de indefensión absoluta, para que de manera excepcional pueda ingresarse al análisis de fondo de la causa.

Consiguientemente, al constatarse que en el caso que ocupa no concurren los presupuestos de activación de la acción de libertad por procesamiento indebido no corresponde otorgar la tutela debido a que a través de la acción de libertad sólo se puede tutelar el debido proceso por medio de la acción de libertad cuando el acto lesivo sea la causa directa para la restricción o privación del derecho a la libertad y exista estado absoluto de indefensión, presupuestos que además deben presentarse de manera concurrente. En los demás casos, la parte accionante deberá acudir a la instancia pertinente y a través del medio idóneo cuando se alegue vulneración al debido proceso y sólo agotados estos medios ordinarios podrá acudir al amparo constitucional.