Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0217/2011-R
Fecha: 11-Mar-2011
II.6.
II.6. Mediante memorial presentado el 6 de noviembre de 2008 y ratificado el 4 de diciembre de ese año, Marcela Medina López, planteó incidente de nulidad de obrados por actividad procesal defectuosa, fundado en que la Resolución que dispuso su detención preventiva carece de motivación y fundamentos legales que le permitan conocer las razones de la misma; la falta de notificación para la audiencia de revocatoria de medidas; y, la no consideración que se encontraba en libertad irrestricta por efecto de la Sentencia absolutoria. En proveído de 5 de diciembre de ese año, se dispuso que esté al Auto de 1 de septiembre del mismo año (fs. 23 a 26).
- I.1.1. Hechos que la motivan
- a)
- 1)
- “improcedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- III.2. Subsidiariedad excepcional de la acción de libertad
- con carácter previo a interponer la acción de libertad, se debe apelar la misma, para que el superior en grado tenga la posibilidad de corregir la arbitrariedad denunciada
- 2.
- 3.