SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0241/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0241/2011-R

Fecha: 16-Mar-2011

II.4.

II.4.  Resolviendo la impugnación, el Juez demandado pronunció el decreto de 8 de abril de 2009, disponiendo lo siguiente: “Con relación a la observación a la liquidación respecto al recibo de fs. 57 de fecha 08 de agosto 2008, siendo el mismo de fecha anterior a la liquidación de 29 de septiembre 2008 de fs. 55, no ha lugar a admitir la objeción a la liquidación debiendo cumplir el obligado con el pago de la misma conforme se tiene ordenado a fs. 106 vta.” (fs. 19); esa Resolución fue notificada de manera personal a Albina Siles, pero no al accionante (fs. 20).