SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0247/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0247/2011-R

Fecha: 16-Mar-2011

i)

El abogado de los terceros interesados Andrea Mamani y Ronny Iván Quisbert en audiencia manifestó que: i) Está vigente la Ley del Tribunal Constitucional, por lo que la terminología de recurrente y recurrido es la adecuada; ii) Los recurridos Pacífico Herrera Salvador y Florencio Quispe Lima, tiene suspensión temporal, por lo que aplicando el art. 34.II de la LM, las accionantes fueron habilitadas para ser parte del Concejo Municipal; iii) Los “recurridos” obstaculizan el normal desarrollo del Concejo Municipal, atentando no sólo contra la accionantes sino contra todos los Concejales; iv) Si la acusación no puede ser cercana a la imputación, tienen la vía mediante el Código de Procedimiento Penal para recurrir, pero éste no es tema de la presente acción; y, v) Tratan de confundir, señalando que la Corte Electoral mantiene en el sistema informático a los demandados y no los van a borrar mientras no exista una suspensión definitiva.