AUTO CONSTITUCIONAL 0010/2012-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0010/2012-RCA

Fecha: 23-Abr-2011

en razones de economía procesal y en el mandato de justicia pronta y oportuna, así como en el principio de celeridad

  De acuerdo a lo señalado precedentemente, los presupuestos de improcedencia están destinados, en el sentido de la ley, a evitar que los ahora accionantes y éste Tribunal, tenga que desplegar una actividad procesal que previsiblemente, concluirá con una resolución final de improcedencia, con las consecuencias indeseables que tal situación conlleva para el accionante y los órganos de la jurisdicción constitucional, razonamiento que al presente se basa en razones de economía procesal y en el mandato de justicia pronta y oportuna, así como en el principio de celeridad establecido en los arts. 115.II y 178.I de la CPE (las negrillas son ilustrativas).