Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0010/2012-RCA
Fecha: 23-Abr-2011
procederé
Al respecto en la SC 0505/2005-R de 10 de mayo, ya se precisó que el término proceder “…viene de la voz latina procederé que significa, obtenerse, nacer u originarse una cosa de otra, física o moralmente’; término que en el campo jurídico conserva el mismo significado, dado que significa: iniciar o proseguir una causa; instruir un sumario…ajustarse a derecho o razón así (Diccionario de Derecho Usual de Guillermo Cabanellas)” (las negrillas son nuestras).
- revisión
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- acumulación
- II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN
- Fragmento 5
- II.2. Causales de improcedencia del amparo constitucional.
- procederé
- improcedencia
- en razones de economía procesal y en el mandato de justicia pronta y oportuna, así como en el principio de celeridad
- in limine
- II.3. Improcedencia de la acción de amparo constitucional por caducidad
- Fragmento 12