AUTO CONSTITUCIONAL 140/2011-RCA
Fecha: 11-Abr-2011
II.3. Análisis del caso enviado en revisión
De acuerdo con el razonamiento expuesto en el Fundamento Jurídico II.2 del presente fallo, realizada la labor de lectura y análisis del contenido de la demanda de la acción de amparo constitucional, se concluye que si bien el accionante efectuó una relación de los antecedentes, la demanda es imprecisa, puesto que no contiene el respectivo nexo de causalidad entre los hechos relatados y los derechos que considera vulnerados, omitiendo en el memorial de acción de amparo constitucional, señalar los derechos supuestamente lesionados, limitándose a citar una serie de artículos de la anterior y vigente Constitución Política del Estado, así como de diferentes instrumentos internacionales, sin precisar, como ya se dijo, los derechos vulnerados en base a los hechos expuestos.
Concluyéndose que el escrito de la presente acción tutelar no especifica los derechos lesionados ni contiene el referido nexo de causalidad entre los hechos y los supuestos derechos vulnerados, incumpliendo con ello los requisitos de contenido previstos en el art. 97.III y IV de la LTC, correspondiendo por ello, sin mayores consideraciones de orden legal, rechazar directamente la acción de amparo constitucional.
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- I.2..Derechos supuestamente vulnerados
- rechazó in límine
- 7 del citado mes y año
- II.1. Consideraciones previas: Aplicación de la Ley del Tribunal Constitucional
- Fragmento 7
- los requisitos de forma (art. 97. I, II y V de la LTC),
- Exponer con precisión y claridad los hechos que le sirvan de fundamento (art. 97.III de la LTC).
- Precisar los derechos o garantías que consideren suprimidos o amenazados (art. 97.IV de la LTC)
- Fijar con precisión el amparo que se solicita para preservar o restablecer el derecho o la garantía vulnerados o amenazados (art. 97.VI de la LTC).
- II.3. Análisis del caso enviado en revisión
- APROBAR