AUTO CONSTITUCIONAL 140/2011-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 140/2011-RCA

Fecha: 11-Abr-2011

rechazó in límine

La Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, constituida en Tribunal de garantías, por Resolución 47/2010 de 30 de junio, cursante a fs. 119 y vta., rechazó in límine la acción interpuesta, argumentando que el accionante únicamente se limitó a mencionar como vulnerados los arts. 169, 175, 176, 228 y 229 de la CPEabrg; arts. 56, 108.1, 2 y 3, 164, 393, 394 y 410 de la CPE; 17 de la DUDH; art. 26 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos; 2, 23 y 33 de la Declaración Americana de los Derechos Civiles y Políticos, entre otros instrumentos internacionales; en consecuencia, se advierte que no fundamentó la relación de causalidad entre el hecho, el derecho violado y el acto ilegal por el que se acusa a la parte demandada, puesto que no es suficiente enunciar artículos y sentencias constitucionales, sino explicar desde el punto de vista causal, cómo dichos hechos lesionaron los derechos en cuestión, incumpliendo con ello lo previsto por el art. 97.III y IV de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC).