SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0342/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0342/2011-R

Fecha: 07-Abr-2011

1)

1) La autoridad demandada, mediante una resolución pronunciada dentro de un recurso de amparo constitucional, habría violado derechos de las partes, de ahí que cursando una denuncia el fiscal de materia de la ciudad de La Paz, el 30 de abril de 2009 informó el inicio de investigaciones al Juez Instructor en lo Penal, extremo que demuestra que carece de legitimación pasiva, toda vez que fue dicha autoridad que dio inicio de la investigación, para que posteriormente amplíe la etapa investigativa y el fiscal Isabelino Gómez Sendero, dispuso que el Jefe de de la División de corrupción pública de la FELCC designe investigador policial a objeto de recibir las declaraciones informativas de la denunciante a la vez cite a la actual accionante entre otros; actuaciones firmadas por un fiscal de materia y amparadas en el art. 4 de la LOMP, que establece el principio de unidad que rige al Ministerio Público.