Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0342/2011-R
Fecha: 07-Abr-2011
I.1.3
Solicita se restablezcan las formalidades legales violadas por la Fiscal demandada, ordenándosele se ciña a las reglas de jurisdicción y competencia; y en caso de seguirse una acción penal por resoluciones emitidas dentro del ejercicio de sus funciones, en aplicación de los arts. 301.3) y 304.4) del Código de Procedimiento Penal, y de la SC 1077/2006 que tiene carácter vinculante y obligatorio en el sentido previsto por el art. 44 de la Ley 1836, se disponga el rechazo de la denuncia con el correspondiente archivo de obrados.
- acción de libertad
- I.1.1
- I.1.3
- 1)
- 2)
- 3)
- 4)
- I.2.3. Intervención del Ministerio Público
- improcedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.2.
- II.3
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de libertad, y la garantía del debido proceso
- III.2. Análisis del caso concreto
- APROBAR