Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0360/2011-R
Fecha: 07-Abr-2011
2.-
2.- Esta facultad sólo es compatible con el orden constitucional cuando obedece a la propia finalidad de la Policía, cual es la conservación del orden público. De ahí que se encuentra condicionada a que exista orden escrita, que se trate de supuestos de flagrancia y que además sea evidente la alteración del orden público, o que la medida sea adoptada a fin de prevenir mayores consecuencias.
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.2.1. Ampliación de la acción
- a)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Finalidad de la acción de libertad
- SC 0008/2010-R
- siete horas
- no excedió el límite legal
- 2.-
- 3.
- el arresto impuesto no constituye un acto ilegal ni indebido
- SC 1250/2010-R
- denegado
- APROBAR