Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0361/2011-R
Fecha: 07-Abr-2011
II.4.
II.4. A fs. 42 cursa memorial presentado por el accionante al Tribunal Segundo de Sentencia el 5 de marzo de 2009, por el cual se apersona y solicita se señale día y hora de audiencia para considerar la cesación a la detención preventiva que le había sido impuesta por la Jueza Séptima de Instrucción. Tanto el apersonamiento, como la solicitud de cesación de la detención preventiva, fueron reiterados por el accionante al referido Tribunal, por memorial presentado el 24 del mismo mes y año (fs.43 y vta.).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que la motivan
- a)
- 1)
- I.2.2.2. Informe de la Jueza de Instrucción demandada
- 2)
- 3)
- 4)
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- III.1. Naturaleza jurídica y ámbito de protección de la acción de libertad
- se constituye en una garantía jurisdiccional esencial, pues su ámbito de protección ahora incorpora al derecho a la vida -
- El informalismo
- presentación oral
- III.2. La acción de libertad, las lesiones al debido proceso y el caso concreto
- en forma concurrente
- Fragmento 19
- “conceder”
- APROBAR