SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0429/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0429/2011-R

Fecha: 18-Abr-2011

es imprescindible que el mismo esté dirigido contra la autoridad que cometió el acto ilegal o la omisión indebida lesiva del derecho a la libertad;

La jurisprudencia contenida en la SC 0790/2010-R de 2 de agosto  señalo: “este Tribunal ha puntualizado que, para la procedencia del recurso de hábeas corpus -ahora acción de libertad-, es imprescindible que el mismo esté dirigido contra la autoridad que cometió el acto ilegal o la omisión indebida lesiva del derecho a la libertad; caso contrario, su inobservancia neutraliza la acción tutelar e impide a este Tribunal ingresar al análisis de fondo de los hechos denunciados.