SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0438/2011-R
Fecha: 18-Abr-2011
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante, alega la vulneración de su derecho a la libertad, ya que el Juez cautelar en el mes de abril, emitió el mandamiento de libertad a su favor, mandamiento que no se efectivizo por el Director del Penal, aduciendo e indicándole que debía permanecer en ese recinto porque existía un mandamiento de condena de 17 de noviembre de 2003 librado por el Tribunal Segundo de Sentencia en lo Penal; sin embargo no existe constancia de ejecución del mandamiento de condena, lo que hace deducir que en la ejecución de aquel mandamiento no participó autoridad policial, siendo que es competencia para ejecutar las sentencias condenatorias, el Juez de Ejecución Penal. En consecuencia, corresponde dilucidar en revisión, si tales extremos son evidentes, a fin de conceder o denegar la tutela solicitada.
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.2.2. Informe del funcionario demandado
- improcedente”
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- SC
- SC 0023/2010-R
- SC 1092/2010-R
- se refiere a que el detenido con la sola presentación del mandamiento será dejado en libertad, empero, resulta implícito el deber jurídico que recae sobre la Gobernación de la Cárcel, de tomar las debidas previsiones para evitar que alguien pueda ser puesto en libertad teniendo otros mandamientos pendientes o que el mandamiento de libertad pueda contener alguna falsedad material o ideológica, lo cual le impele a tener que verificar y solicitar la información pertinente y revisar previamente los registros antes de dar curso al mandamiento
- no obstante, que los encargados de centros penitenciarios o prisiones, tienen la obligación de la verificación tanto de la autenticidad del mandamiento de libertad como la inexistencia de otros mandamientos pendientes, esa actuación está limitada precisamente a esos supuestos y no a otras acciones dilatorias y que no son inherentes a sus funciones
- III.3. Análisis del caso concreto
- ya que en su file y kardex cursa el mandamiento de cumplimiento de condena que fue expedido por el Tribunal Segundo de Sentencia
- APROBAR