SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0452/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0452/2011-R

Fecha: 18-Abr-2011

a)

           En consecuencia, el Tribunal Constitucional puede ingresar a realizar una valoración probatoria cuando: “a) Exista apartamiento de los marcos legales de razonabilidad y equidad previsible para decidir (…) o b) Cuando se haya omitido arbitrariamente valorar la prueba y su lógica consecuencia sea la lesión de derechos fundamentales y garantías constitucionales…" (SC 0965/2006-R de 2 de octubre); situaciones que deben fundamentarse, no siendo suficiente indicar que ha existido agravio alguno.