Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0452/2011-R
Fecha: 18-Abr-2011
APROBAR
El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción y competencia que le confiere el art. 3 de la Ley 040 de 1 de septiembre de 2010, que modifica el art. 4.I de la Ley 003 de 13 de febrero de 2010, en revisión, resuelve: APROBAR la Resolución 152/2009 de 18 de mayo, cursante de fs. 197 a 199 vta., dictada por la Sala Civil Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Chuquisaca; y, en consecuencia, sin ingresar al análisis de fondo de la problemática planteada DENEGAR la tutela solicitada.
- acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.1.3. Petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Limites de la jurisdicción constitucional
- Fragmento 12
- III.2. La interpretación de la legalidad ordinaria corresponde a la jurisdicción ordinaria, salvo excepciones que afecten a derechos y garantías previstos en la Constitución Política del Estado
- III.3. Respecto a la valoración probatoria que rige a la jurisdicción ordinaria, salvo excepciones y requisitos fundamentados
- a)
- III.4. Análisis del caso concreto
- citando
- APROBAR