SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0454/2011-R
Fecha: 18-Abr-2011
I.1.1. Hechos que la motivan
El “16” de agosto de 2009, aproximadamente a horas 14:00, Daniel Chucutea Porco se constituyó a la habitación arrendada por Joaquín Villca Taboada, a quien encontró postrado en su cama en estado de “inconsciencia” y el lugar “con visibles rastros de flujo sanguíneo” (sic); en horas de la noche de ese día y luego que mejorara el estado de salud de su representado, lo condujo al Centro de Salud “Gastro”, institución que comunicó el “11” de ese mes y año, el fallecimiento del paciente.
A consecuencia de lo reseñado, se solicitó al referido nosocomio que entregase el cuerpo del interfecto para darle “cristiana sepultura”, en razón a que no tendría ningún familiar que se ocupara de ello; sin embargo, fueron agredidos por la Trabajadora Social, quien además les indicó que se daría curso a su petición, siempre que se cancelaran los gastos hospitalarios.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.2. Audiencia y Resolución del la Jueza de garantías
- I.2.1 Ratificación de la acción
- I.2.2. Informe de la persona demandada
- a)
- “improcedente”
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad y su carácter tutelar
- Fragmento 11
- III.1.1. Alcances de su tutela constitucional
- III.3.1. Fundamentos de la tutela constitucional solicitada
- ordenar la tutela
- APROBAR