Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0454/2011-R
Fecha: 18-Abr-2011
I.2.1 Ratificación de la acción
En ejercicio de su derecho a la réplica, refutó el informe de la parte demandada e indicó que no hubo reunión alguna entre el personal del Instituto Gastroenterológico Boliviano Japonés y supuestos familiares del occiso, quien vivía solo y fue la comunidad de Chiquicollo la que organizó una colecta para cubrir los gastos médicos.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.2. Audiencia y Resolución del la Jueza de garantías
- I.2.1 Ratificación de la acción
- I.2.2. Informe de la persona demandada
- a)
- “improcedente”
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad y su carácter tutelar
- Fragmento 11
- III.1.1. Alcances de su tutela constitucional
- III.3.1. Fundamentos de la tutela constitucional solicitada
- ordenar la tutela
- APROBAR