Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0468/2011-R
Fecha: 18-Abr-2011
III.3. Análisis del caso concreto
El accionante, alega la vulneración del derecho de su representado a la libertad y la garantía del debido proceso, toda vez que, la autoridad demandada con un exceso de celo de juzgador, en la audiencia de juicio oral, procedió a emitir Resolución disponiendo se expida mandamiento de aprehensión y el arraigo; además, la publicación de sus datos y señas personales en los medios de comunicación. A los minutos de terminada la audiencia, mediante memorial se apersonó fundamentando los motivos de su retraso, pero la autoridad demandada, solicitó que previamente acredite los motivos expuestos; una vez acreditado, esta autoridad dispuso que se resolverá en audiencia de juicio oral.
- I.1.1. Hechos que la motivan
- 1)
- “procedente”
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
- III.1.
- Fragmento 10
- aquellos supuestos en los que está directamente vinculado al derecho a la libertad personal o de locomoción, por operar como causa para su restricción o supresión, correspondiendo en los casos no vinculados a la libertad utilizar las vías legales pertinentes”
- las lesiones al debido proceso están llamadas a ser reparadas por los mismos órganos jurisdiccionales que conocen la causa
- III.3. Análisis del caso concreto
- sin que mencione justificación alguna ni adjunte prueba.
- Fragmento 15