SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0471/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0471/2011-R

Fecha: 18-Abr-2011

RA SSC/IRJ/003/2009

Por otro lado, de manera aclarativa, cabe señalar que, el recurso incidental en cuestión, ya ha sido remitido este Tribunal con la RA SSC/IRJ/003/2009, -emitida antes de la interposición del amparo constitucional- por la que  el Superintendente General “suplente” del Servicio Civil, ratificó la RA SSC/IRJ/016/2009; y “denegó”; es decir, rechazó la acción de inconstitucionalidad planteada por el accionante contra la RA Interna SSC-019/2009 de 4 marzo de 2009, en estricta aplicación del art. 61 de la LTC, en consideración a que la misma fue planteada por segunda vez” (sic a fs. 38). Asimismo, cursa la Resolución MT/VMESCyCOOP/IRJ/DG-001/2009 de 17 de junio -emitida en forma posterior al amparo constitucional-, por la que el Ministro de Trabajo, Empleo y Previsión Social, resolvió: “Rechazar el recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad plateado por Daniel Arturo Chávez Gálvez según memorial de 24 de marzo de 2009, encontrándose manifiestamente infundado conforme lo previsto por el art. 62 de la LTC; debiendo elevarse en consulta ante el Tribunal Constitucional con las formalidades que correspondan”; causa signada con el número 2009-20060-41-RII, y a la espera de sorteo para resolución por la Comisión de Admisión.