Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0503/2011-R
Fecha: 25-Abr-2011
I.1.3. Petitorio
El accionante solicita que, los Vocales demandados lleven a cabo la audiencia de consideración de apelación incidental rechazando la recusación conforme el art. 320 inc. 1) del CPP, disponiéndose el pago de daños y perjuicios ocasionadas por la empresa SOCOSSER SRL por las consecutivas y maliciosas recusaciones presentadas, remitiéndose al abogado de la parte demandante ante el Tribunal de Honor del Colegio de Abogados de La Paz, con la finalidad de que sea sometido a un procese por faltas al Código de Ética Profesional y a la Ley de Abogacía.
- acción de libertad,
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.1.3. Petitorio
- a)
- Fragmento 5
- “improcedente”
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.5.
- Fragmento 11
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica y ámbito de protección de la acción de libertad
- III.3. Análisis del caso
- APROBAR