Juristeca
Juristeca País
    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0544/2011-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0544/2011-R

    Fecha: 29-Abr-2011

    II.2.

    II.2.  El 9 de abril de 2009, la demandante pidió aprobar la liquidación de pensiones realizada y se intime al demandado a su pago (fs. 4 a 5). Por Auto de 13 de ese mes y año, el Juez de la causa dio curso a lo impetrado, conminando a la cancelación de la suma adeudada bajo pena de librarse mandamiento de apremio (fs. 5 vta.).

    • acción de libertad
    • I.1.1. Hechos que la motivan
    • I.2.2. Informe de los demandados
    • “improcedente”
    • I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
    • II.1.
    • II.2.
    • II.4.
    • II.6.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • Fragmento 11
    • III.1.Naturaleza jurídica, alcances y ámbito de protección de la acción de libertad
    • III.2. De la inviabilidad de otorgar tutela en acciones de libertad, cuando su interposición es realizada después de haber cesado la detención supuestamente ilegal o indebida
    • la acción de libertad debe ser interpuesta cuando la lesión al derecho a la libertad existe; de no ser así, se desnaturalizaría la esencia de la presente acción de defensa, dado que el petitorio de que 'se restituya su derecho a la libertad', ya no tendría sentido si está en libertad
    • Segundo.-
    • Tercero.-
    • III.3. Análisis del caso concreto
    • ordenar la tutela
    • APROBAR

    Otros enlaces de interés:

    Jurisprudencia clasificada por bienes e inmuebles Jurisprudencia clasificada por contravención de las normas jurídicas Jurisprudencia clasificada por derechos de la unión europea Jurisprudencia clasificada por derechos fundamentales Jurisprudencia clasificada por materias del derecho Jurisprudencia clasificada por profesiones Jurisprudencia clasificada por sector agrario Jurisprudencia clasificada por sectores de la sociedad

    Síguenos en

    Políticas de eliminación | Políticas de privacidad

    © 2026 Juristeca