Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0547/2011-R
Fecha: 29-Abr-2011
2.
2. Mediante memorial presentado el 3 de junio de 2009, que consta de fs. 118 a 121, Juan Carlos Herrera Ruiz en su calidad de tercero interesado pretendió adherirse a la acción de amparo constitucional interpuesta por Jorge Alfonso Roca Simón, exponiendo agravios sufridos como emergencia del recurso de apelación por él planteado y declarado improcedente por las autoridades demandadas. La Presidenta del Tribunal de garantías mediante proveído de 4 de junio de 2009, resolvió el rechazo del mismo (fs. 121).
- I.1.1. Hechos que la motivan
- a)
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- 1)
- 2.
- i)
- 3.
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La inmediatez en la acción de amparo constitucional
- III.2. Análisis de la problemática planteada
- concedido
- REVOCAR