Sentencia: 0065/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

Sentencia: 0065/2011-R

Fecha: 17-May-2011

2.  El razonamiento utilizado en la Sentencia objeto de la presente disidencia

A tiempo de señalar entre los fundamentos jurídicos del fallo que: la SC 0215/2010-R, retomó entendimientos asumidos por éste Tribunal en cuanto a los requisitos y condiciones que deben cumplirse para librar y ejecutar el mandamiento de apremio en materia laboral, complementando dicho entendimiento en lo que se refiere a la individualización del representante legal, introduciendo tres supuestos a ser considerados para tal efecto.

Así, brevemente sintetizado el fundamento jurídico del fallo, se tiene que en la resolución se determina que efectivamente Pedro Huaycho Waycho, en su condición de nuevo representante legal de la empresa CABLEBOL S.A., mediante memorial presentado el 5 de enero de 2009, hizo conocer a la autoridad judicial esa calidad, adjuntando el testimonio poder 303/2008; sin embargo, en el fallo objeto de la presente disidencia, se hace una alusión directa a que el juez habría omitido valorar la prueba de respaldo y en consecuencia descartó resolver la admisión o rechazo de dicho apersonamiento, lo que constituye realizar un examen de la legalidad ordinaria, prejuzgando el resultado de esa actividad valorativa de la autoridad jurisdiccional; de ello deducen además, que tal conducta se adecuaría al tercer supuesto, recientemente incorporado a los entendimientos de éste Tribunal y que se encuentra plasmado en los Fundamentos Jurídicos desarrollados en el acápite III.2.3., motivo por el cual se acoge dicha jurisprudencia, concluyendo que habiéndose sustituido el representante legal, no correspondía librarse mandamiento de apremio por carecer de representación legal, situación que se habría operado precisamente a causa de que la autoridad jurisdiccional omitió pronunciarse sobre el particular.