SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0616/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0616/2011-R

Fecha: 03-May-2011

i)

interesado, mediante su abogada, manifestó que: i) Se encuentran sorprendidos respecto a que se dé curso a un documento público que está siendo investigado por el Ministerio Público por la falsedad que conlleva, puesto que debió haberse planteado la acción de amparo constitucional con un nuevo poder, por cuanto tienen seis meses para regularizar el proceso; ii) Si un Laudo Arbitral es atentatorio al orden público, la parte afectada tiene la posibilidad de acudir a un órgano competente para que anule el fallo; iii) El Laudo Arbitral es contrario porque se emitió de forma ultra petita, le ha otorgado a la empresa R.T.Z. Ltda. más allá de lo que ha pedido, porque planteó una respuesta a la demanda y una reconvención, por lo que conforme al art. 97 de la LAC es de aplicación supletoria el Código de Procedimiento Civil, en el caso el art. 359 de dicho Código; iv) La Empresa R.T.Z. Ltda. plantea su reconvención en cocimiento de la demanda arbitral y pretende modificarla de manera tardía, cuando se acuerda que quería se le paguen trabajos adicionales, sin embargo ésta ya fue contestada, reconociendo el Tribunal arbitral que la ampliación de la reconvención ya no tenía efecto legal y la calificación jamás contempló los aspectos de esta ampliación, por lo que de ninguna manera podía dictar un laudo que hace de sentencia donde se condena a MIDSAB S.R.L., por algo que no se ha demandado; v) Se ha presentado la ampliación reconvencional a través de Francisco Raúl Tapia, sin poder alguno adjunto al memorial de ampliación; vicios de nulidad que tienen que ser objeto de saneamiento, donde los jueces han actuado como “jueces y parte”, al admitir personería a uno que no demostró a quien representaba y presenta documentación cuando quiere y no cuando la ley exige; y, vi) Se está desconociendo la decisión de un Tribunal de amparo constitucional que ordenó a Francisco Raúl Tapia realizar los actos destinados a legalizar la constitución de su sociedad y su poder de representación.