Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0628/2011-R
Fecha: 03-May-2011
II.3.
II.3. El 20 de octubre de 2009, el Fiscal de Materia Anticorrupción, Percy Camacho Flores -demandado-, presentó ampliación de imputación contra la actuaria Carmen Roca Reyes de Justiniano, por ser con probabilidad autora o partícipe del delito de peculado y en cuanto a la participación del accionante, se amplió la imputación a la ya existente, por cuanto teniendo conocimiento de la comisión de ese delito por parte de su actuaria no hizo nada por evitarlo, configurando su conducta la tipo penal de encubrimiento e incumplimiento de deberes (fs. 71 a 73).
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.1.3.
- a)
- improcedente”
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
- III.1. Alcances de la tutela al debido proceso a través de la acción de libertad y procesamiento ilegal o indebido
- se ha establecido que ante problemáticas en las que se denuncia procesamiento y detención indebidos por no haberse declarado la extinción de la etapa preparatoria por el transcurso del plazo máximo de la etapa preparatoria, su análisis no puede efectuarse a través del hábeas corpus al constituir una problemática que no se encuentra directamente vinculada con el derecho a la libertad de locomoción por no operar como causa de su restricción, y que al ser un extremo que se encuentra vinculado con la garantía del debido proceso, la parte afectada puede acudir ante la jurisdicción constitucional con la interposición del recurso de amparo constitucional una vez agotados los medios y recursos reconocidos en la jurisdicción ordinaria…”
- se presenten en forma concurrente
- III.3. Análisis del caso de autos
- la indefensión absoluta y manifiesta
- APROBAR