Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0647/2011-R
Fecha: 03-May-2011
I.2.1. Ratificación de la acción
El accionante a través de su apoderado ratificó los términos contenidos en el memorial de acción de libertada, agregando que la nueva autoridad ejecutiva del INASES, planteó la nulidad de la notificación con la conminatoria de pago, la cual fue rechazada el 7 de octubre de 2009 por el Juez demandado, oportunidad en que se conminó por última vez a la representante legal del citado Instituto para que al tercero día cancele lo adeudado; empero la diligencia de notificación del rechazo del incidente de nulidad y conminatoria a la vez, fue dirigida a Rommel Yuri Rivero Herbas, anterior Director del INASES, es decir, que no fue de conocimiento de la actual autoridad.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.2.1. Ratificación de la acción
- 1)
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica y ámbito de protección de la acción de libertad
- se constituye en una garantía jurisdiccional esencial, pues su ámbito de protección ahora incorpora al derecho a la vida -
- El informalismo
- presentación oral
- III.2.Sobre el carácter excepcionalmente subsidiario de la acción de libertad
- efectivos y oportunos de defensa
- III.3.
- Fragmento 19
- III.4. Análisis del caso
- APROBAR