Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0647/2011-R
Fecha: 03-May-2011
II.3.
II.3. El 15 de octubre de 2009, Carla Isabel Márquez Cabezas en representación del INASES, nuevamente planteó nulidad de la notificación con el Auto de 25 de septiembre del referido año, señalando que el INASES no contaba con un partida presupuestaria para el pago de beneficios sociales, estando en curso el trámite de aprobación de traspaso ante el Ministerio de Salud y Deportes, por lo que pidió se otorgue un plazo al efecto, memorial que por providencia de 16 de octubre del mismo año, fue trasladado a la parte actora, sin perjuicio del mandamiento dispuesto (fs. 26 y 27).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.2.1. Ratificación de la acción
- 1)
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica y ámbito de protección de la acción de libertad
- se constituye en una garantía jurisdiccional esencial, pues su ámbito de protección ahora incorpora al derecho a la vida -
- El informalismo
- presentación oral
- III.2.Sobre el carácter excepcionalmente subsidiario de la acción de libertad
- efectivos y oportunos de defensa
- III.3.
- Fragmento 19
- III.4. Análisis del caso
- APROBAR