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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0670/2011-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0670/2011-R

    Fecha: 16-May-2011

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    • I.1.1. Hechos que la motivan
    • I.2.1. Ratificación de la acción
    • I.2.2. Informe de la autoridad demandada
    • “improcedente”
    • I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • Fragmento 10
    • III.1.Naturaleza jurídica, alcances y ámbito de protección de la acción de libertad
    • III.2. De la persecución indebida
    • resultará imprescindible analizar, conforme a lo señalado en el Fundamento Jurídico anterior, si los hechos denunciados como persecución indebida inciden directamente con el derecho a la libertad personal o de locomoción del accionante, caso contrario, no será posible abrir la tutela que brinda esta acción de defesa
    • la persecución indebida debe verse materializada en actos o acciones que permitan concluir la existencia de una amenaza a este derecho, en consecuencia, si no se advierte la orden o emisión de ningún mandamiento que disponga la privación de libertad personal o de locomoción del actor, no es posible admitir que éste estuviera indebida o ilegalmente perseguido, por cuanto, es irracional suponer que podría ejecutarse una disposición que no existe ni existió jamás
    • III.3. Análisis del caso concreto
    • III.4. Otras consideraciones
    • ordenar la tutela
    • APROBAR

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