Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0671/2011-R
Fecha: 16-May-2011
APROBAR
El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción y competencia que le confiere el art. 3 de la Ley 040 de 1 de septiembre de 2010, que modifica el art. 4.I de la Ley 003 de 13 de febrero del mismo año, en revisión, resuelve: APROBAR la Resolución 028/2009 de 12 de octubre, cursante de fs. 22 a 24, pronunciada por la Jueza Segunda de Sentencia del Distrito Judicial de La Paz; y en consecuencia, DENEGAR la tutela solicitada en base a los fundamentos jurídicos expuestos, con la aclaración que no se ingresó al análisis de fondo de la problemática planteada.
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.2. Audiencia y Resolución de la Jueza de garantías
- I.2.1. Ampliación de la acción
- i)
- “improcedencia”
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Alcance y finalidad de la acción de libertad
- III.2. Sobre la subsidiariedad excepcional de la acción de libertad y el incidente por actividad procesal defectuosa
- III.3. Análisis del caso concreto
- ordenar la tutela
- APROBAR