SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0671/2011-R
Fecha: 16-May-2011
I.2.1. Ampliación de la acción
El abogado del accionante amplió su demanda en los siguientes términos: Con relación a la imputación presentada ante el Juez Primero de Instrucción en lo Penal, por el Fiscal a cargo de la investigación, Waldo López Paiva, la autoridad jurisdiccional, dispuso mediante decreto de 1 de octubre de 2009, la notificación a los imputados, Wálter Oscar Bellido Calderón y Carlos Fernando Vargas en su domicilio real y en forma personal, orden incumplida conforme al art. 163 del Código de Procedimiento Penal (CPP), debido a que a Wálter Oscar Bellido Calderón no se lo encontró en su domicilio real, más al contrario consta en la diligencia de notificación el nombre de Oscar Oliver Bellido, nombre que no figura en la imputación formal, a cuya consecuencia presentó memorial ante el Juez demandado, devolviendo la notificación por incumplimiento de la norma procedimental penal citada; y, hasta la fecha, a pesar de haber transcurrido más de setenta y dos horas, no se obtuvo respuesta.
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.2. Audiencia y Resolución de la Jueza de garantías
- I.2.1. Ampliación de la acción
- i)
- “improcedencia”
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Alcance y finalidad de la acción de libertad
- III.2. Sobre la subsidiariedad excepcional de la acción de libertad y el incidente por actividad procesal defectuosa
- III.3. Análisis del caso concreto
- ordenar la tutela
- APROBAR