SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0688/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0688/2011-R

Fecha: 16-May-2011

a)

Marcela Siles Yasick, Jueza Décima de Instrucción en lo Penal del Distrito Judicial de La Paz, autoridad demandada, no asistió a la audiencia; empero, presentó informe escrito cursante a fs. 74, en el que manifestó: a) Al momento de dictar la Sentencia se solicitó el perdón judicial, el que no pudo resolverse en la misma audiencia porque la imputada no contaba en ese momento con el certificado del REJAP, presentado este requisito se señaló audiencia, no pudiendo ser llevada a cabo, puesto que el 10 de agosto de 2009, la recusaron; sin embargo, cuando volvió el proceso a su Juzgado se volvió a señalar audiencia para el 10 de noviembre del citado año, la misma que no se realizó por que se la volvió a recusar en la misma fecha; b) No es evidente que no se dio cumplimiento al “recurso” anterior, ya que el mismo se refería a que el proceso debía volver a su Juzgado para que se convoque a audiencia para la consideración del perdón judicial, por lo que procedió de esa manera; no obstante, de que el “recurso” no se planteó en su contra, sino contra el Juez que no devolvía el proceso a su Juzgado después de la Resolución de la primera recusación; y, c) Una vez recusada, lo resolvió en veinticuatro horas y se ordenó la remisión del proceso al siguiente en número, por lo que actualmente no se encuentra el proceso en su Juzgado.