SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0708/2011-R
Fecha: 16-May-2011
II.4.
II.4. De fs. 155 a 156 vta., cursa el recurso de reposición de 14 de junio de 2007, que presentó la accionante contra el Auto de 6 de junio del mismo año, solicitando deje sin efecto el Auto de 10 de mayo de mayo de 2007, así como el Auto de 6 de junio del mismo año y se ejecutoríe la Sentencia en los términos que fue pronunciada, protestando acudir a recursos extraordinarios de amparo constitucional o de hábeas corpus en caso de ser denegado su recurso. Una vez corrido en traslado el recurso al representante del Ministerio Público, la accionante solicitó mediante memorial de 28 de julio de 2007 se resuelva el mismo (fs. 158), mediante Auto de 3 de agosto de 2007, rechazó la solicitud realizada en el recurso de reposición, notificando a la accionante con el señalado Auto el 13 de agosto de 2007 (fs. 160 y vta.).
- acción de libertad,
- I.1.1. Hechos que la motivan
- 1)
- I.2. Audiencia y Resolución del Juez de garantías
- Fragmento 5
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica y ámbito de protección de la acción de libertad
- se constituye en una garantía jurisdiccional esencial, pues su ámbito de protección ahora incorpora al derecho a la vida -
- El informalismo
- presentación oral
- Fragmento 19
- III.2. Sobre las lesiones al debido proceso y la acción de libertad
- deben estar vinculados con la libertad por operar como causa directa para su restricción o supresión
- III.3. Análisis del caso concreto
- 2º