Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0713/2011-R
Fecha: 16-May-2011
II.3.
II.3. El representante legal de FONVIS en liquidación presentó acción de amparo constitucional contra Julio Ortiz Linares y Hugo Suarez Calvimonte Ministros de la Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia; Carmen Aliaga Alarcón y Juan Lanchipa Ponce, Vocales de la Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, solicitando la anulación de obrados y la concesión del recurso de casación. Mediante Resolución 9/2008 de 1 de septiembre la Sala Social y Administrativa Tercera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz denegó la acción de amparo (fs. 526 a 528).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que la motivan
- i)
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III.5.
- III.6.
- 1)
- Fragmento 12
- III.1. Sobre el carácter excepcionalmente subsidiario de la acción de libertad
- excepcionalmente, el recurso de hábeas corpus operará de manera subsidiaria...”
- frente a otros mecanismos ineficaces
- efectivos y oportunos de defensa
- II.
- IV.
- III.2. El caso analizado
- REVOCAR