SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0815/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0815/2011-R

Fecha: 30-May-2011

1)

La policía Marina Calisaya, en audiencia manifestó lo siguiente: 1) El 9 de diciembre de 2009, a horas 16:00 se apersonaron ambas partes ante la División de Menores de la FELCC, donde se hizo conocer que la menor de edad, en el mes de septiembre de 2009, fue contratada mediante la agencia de empleos para trabajar como vendedora de salchipapas en la mina Santa María, a favor de Julio Mamani Esquivel y Beatriz Horacio Tola; sin embargo, ya en el lugar, se habría procedido hacerla trabajar como dama de compañía, siendo así que el 4 de octubre del citado año, Julio Mamani Esquivel, la abuso sexualmente, razón por la cual contrajo una enfermedad por transmisión sexual y como prueba de ello, el hermano mayor Edgar Villca Quenallata, presentó el informe psicológico realizado por la Defensoría del Menor y el certificado médico; 2) Gracias a la ayuda de una mujer de nombre “Choca”, vía celular se comunicó con el hermano de la niña, pidiéndole que se la recoja porque estaba sufriendo; siendo así, que se la recoge de Villa Fátima y posteriormente se comunicó con los ahora accionantes, quienes le señalaron que querían entrar a un acuerdo porque gastaron en el médico y porque le debían de dos meses por su trabajo; y, c) Viendo la gravedad del problema, el mismo día a horas 17:00 se procedió con el arresto de los accionantes e inmediatamente se dio parte al Fiscal de turno.