AUTO CONSTITUCIONAL 202/2011-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 202/2011-RCA

Fecha: 03-Jun-2011

1)

Los Conjueces de la Corte Superior del Distrito Judicial de Tarija, mediante Auto de 19 de mayo de 2010, cursante a fs. 132, observó lo siguiente: 1) La prueba documental presentada no contiene elementos suficientes para la sustanciación conforme al debido proceso, debiendo necesariamente complementarse y presentarse en orden legal; 2) Corresponde a la parte demandante señalar con precisión a Terceros interesados que podrían resultar afectados por la decisión a pronunciarse; y, 3) La formulación del petitorio debe ajustarse al art. 30.I.4 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional (LTCP), otorgando el plazo de diez días para que sean subsanados.