Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 202/2011-RCA
Fecha: 03-Jun-2011
I.3. Petitorio
El accionante solicita por su mandante que se conceda el amparo; y en consecuencia, se deje sin efecto el Auto de Vista 01/2010 de 22 de marzo, que extingue la acción penal y el Auto Interlocutorio de 26 de noviembre de 2009, que anula la acusación formal y se ordene la continuidad del proceso penal hasta llegar a su culminación.
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- I.3. Petitorio
- a)
- 1)
- Resolución 09/2010 de 22 de diciembre
- II.1. Consideraciones previas: Aplicación de la Ley del Tribunal Constitucional
- II.2. Análisis previo a la admisibilidad de la acción de amparo constitucional
- I.-
- II.2. Sobre la falta de cita de artículos de la Constitución Política del Estado
- II.3.1. Sobre la tramitación de la acción de amparo constitucional
- II.3.2. Sobre la adhesión del Ministerio Público
- II.3.3. Análisis del caso concreto
- i)