SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0840/2011-R
Fecha: 06-Jun-2011
III.3. Análisis del caso
En la problemática planteada, la accionante alega la vulneración de los derechos de su representada, a la libertad de locomoción, a la vida, a la salud, al trabajo, a la “seguridad jurídica” y el debido proceso, ante la actitud ilegal y arbitraria ejercida por parte del Ministerio Público, cuyos actos fueron avalados por la Jueza de Instrucción Penal cautelar de Quillacollo, por cuanto, ante un altercado en el domicilio del padre de su hija, ubicado en la calle 23 de marzo de esa localidad, dos fiscales de materia y la FELCC de Quillacollo, previamente a inspeccionar el domicilio procedieron a detenerla ilegalmente sin argumento legal alguno; sin embargo, de los antecedentes glosados al expediente, se establece que, por una parte, los Fiscales demandados, mediante memorial de 13 de enero de 2009, dirigido al Juez Instructor de Turno en lo Penal de Quillacollo, dentro del caso CB-V-401/2010, seguido a instancias del Ministerio Público, se informa del inicio de investigaciones e imputación formalmente contra Esmeralda Noelia Veliz Rocha y los que resultaren autores, partícipes, copartícipes y/o encubridores, por ser con probabilidad autores de la comisión del delito de tráfico de sustancias controladas, inmerso en el art. 48 con relación al inc. m) del art. 33 de la L1008, solicitando además medidas cautelares a la autoridad jurisdiccional.
- acción de libertad,
- I.1.1. Hechos que la motivan
- 1)
- a)
- i)
- improcedente”
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Supuestos de subsidiariedad excepcional de la acción de libertad
- III.2. En cuanto a la imposibilidad de ingresar al análisis de fondo de la problemática denunciada en la acción de libertad
- Primer supuesto:
- III.3. Análisis del caso
- APROBAR