SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0854/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0854/2011-R

Fecha: 06-Jun-2011

a)

El accionante, en audiencia ratificó los términos de la acción planteada y los amplió señalando que: a) Fue aprehendido en la calle, el 28 de enero de 2009 y conducido a las celdas de la Fuerza Especial de Lucha Contra el Crimen (FELCC) donde se le hizo entrega de la orden de citación para prestar su declaración informativa ante el Fiscal, luego fue conducido a la Fiscalía y posteriormente figuró como apersonado de forma voluntaria; b) Señaló que la Fiscal incurrió en graves violaciones a las normas procesales y en pleno conocimiento de ello, citando el art. 169  inc. 1) del Código de Procedimiento Penal (CPP), que señala como defecto absoluto la detención, emitiendo el requerimiento de fecha 29 de enero de 2009, sin tener en cuenta el art. 296 del CPP, donde la Fiscal señala el art. 61 de la Ley Orgánica del Ministerio Público (LOMP), ello para evitar nulidades y acciones constitucionales, cuando ya estaba recluido con un requerimiento de día anterior; c) Al emitir el mandamiento de aprehensión la autoridad demandada violó los derechos, sin haberlo citado procediendo a aprehenderlo de forma directa sin justificativo alguno; y, d) Luego de su declaración informativa debió ser liberado y no aprehendido sin prueba alguna, siendo así que se le notificó el 29 de enero de 2010.