Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0870/2011-R
Fecha: 06-Jun-2011
II.2.
II.2. El 9 de enero de 2010, se desarrolló la audiencia de consideración de aplicación de medidas cautelares de carácter personal, con la asistencia de los imputados y de la víctima asistida de su abogado, en ausencia del Fiscal; audiencia en la cual la Jueza demandada, mediante Resolución 06/2010, por una parte dispuso que los imputados Juan Carlos Avendaño Ramos y Franz Ariel Avendaño Vargas, asuman su defensa en libertad, con la obligación de presentarse cada quince días ante el representante del Ministerio Público y por otra, la detención preventiva de Josefa Pastora Vargas Ajata (fs. 11 a 19).
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- I.2.2. Informe de la autoridad demanda
- improcedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Finalidad y alcances de la acción de libertad
- III.2. Subsidiariedad de la acción de libertad
- III.3. Análisis del caso de autos
- APROBAR