Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0872/2011-R
Fecha: 06-Jun-2011
II.2.
II.2. El 22 de junio de 2006, la Fiscal de Materia, Pura Cuellar Ortiz -demandada-, presentó acusación en contra de los accionantes y otros por los delitos de estafa, manipulación informática y agravantes por victimas múltiples (fs. 2141 a 2165), con lo que el Ministerio Público promovió juicio oral a través de la nombrada Fiscal y por proveído de 30 de marzo de 2009, el Tribunal Octavo de Sentencia, dispuso que con la radicatoria de la acusación formal, se proceda a la notificación del querellante Carlos Alberto Landívar Salinas para que presente la acusación particular y ofrezca las pruebas de cargo dentro del término de 10 días (fs. 2166).
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.1.3
- Fragmento 3
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
- III.1. Sobre la subsidiariedad excepcional de la acción de libertad
- prevea mecanismos intra-procesales efectivos y oportunos de defensa de estos derechos fundamentales, deben ser utilizados previamente antes de activarse la tutela constitucional
- Juzgado Tercero de Instrucción
- concedido
- REVOCAR