Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0874/2011-R
Fecha: 06-Jun-2011
III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
El accionante estima como vulnerado su derecho de locomoción, debido a que por motivos familiares solicitó su desarraigo temporal para poder salir del país desde el 27 de enero hasta el 7 de febrero de 2010, solicitud dirigida ante Juez Tercero de Partido en lo Penal Liquidador, quien previo requerimiento Fiscal, le negó el desarraigo señalando que se debe evitar la retardación del proceso. En consecuencia corresponde en revisión, verificar si tales extremos son evidentes a fin de conceder o denegar la tutela solicitada.
- I.1.1. Hechos que la motivan
- ,
- a)
- i)
- “procedente”
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III.5.
- III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
- III.1.
- circunstancias debidamente justificadas por el imputado
- la suspensión temporal debe ser entendida como una excepción no como la regla
- III.3. Análisis del caso de autos
- REVOCAR