SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0889/2011-R
Fecha: 06-Jun-2011
a)
En ejercicio de su derecho a la réplica, el accionante refutó el informe de las autoridades demandadas y agregó a los fundamentos de la pretensión principal, que: a) El “día de hoy” (sic) a horas 8:30, la defensa presentó una solicitud de fotocopias de la denuncia, querella y declaración de todos los sindicados, que “hasta la fecha” (sic) no fue providenciada, a pesar de la urgencia que ameritaba por la restricción de la libertad de Franz Vaca Barbery, no obstante de tener menor responsabilidad que el Gerente General de COSERELEC S.A.; y, b) Incongruentemente, el Fiscal de Materia demandado, asevera que su representado y defendido, no acreditó legalmente su domicilio; sin embargo, el acta de declaración informativa desmiente dicha afirmación.
- I.1. Contenido de la acción
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2. Audiencia y Resolución de la Jueza de garantías
- I.2.1 Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- 1)
- “improcedente”
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Subsidiariedad excepcional de la acción de libertad
- ante denuncia de irregularidades, actos ilegales u omisiones presuntamente cometidas por los fiscales o policías en la etapa preparatoria del proceso, que impliquen lesión a los derechos fundamentales de todo denunciado o sindicado, la misma debe presentarse ante el juez cautelar como el encargado de ejercer el control jurisdiccional de la investigación
- Fragmento 15
- III.2. Análisis de las circunstancias del caso concreto y si amerita la tutela constitucional
- APROBAR